El próximo 21 de Abril se celebran elecciones al Parlamento Vasco. Si tienes previsto encontrarte fuera, tienes problemas de movilidad o piensas que no podrás acudir a votar, tramita tu voto por correo.
PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA VOTAR POR CORREO
El voto por correo pueden solicitarlo y ejercitarlo aquellas personas que sepan que el día de la votación no van a estar en la localidad donde les corresponde votar, ó bien aquellas personas que por estar enfermas ó incapacitadas, no puedan acudir a los colegios electorales el próximo 21 de Abril.
Las formas de solicitarlo son:
- Presencialmente: debes presentar personalmente la solicitud en una oficina de correos. El personal de correos te pedirá que enseñes un documento acreditativo original de tu identidad (DNI, pasaporte o permiso de conducir) y comprobará la coincidencia de la firma entre la solicitud y ese documento. El impreso de solicitud lo puedes obtener de dos medios:
- En la oficina de Correos: donde te darán el impreso de solicitud para que lo rellenes, lo firmes manualmente y lo entregues en la oficina.
- A través de la web del Instituto Nacional de Estadística (INE): se generará un impreso de solicitud que tienes que rellenar, imprimir, firmar manualmente y llevarlo a la oficina de Correos.
- On-line: A través de la web de Correos se generará una solicitud con tus datos que puedes firmar electrónicamente. Es imprescindible disponer de DNI electrónico o de un certificado de persona física reconocido por el Ministerio de Industria y Turismo.
En el caso de que el/la solicitante esté enfermo/a ó imposibilitado/a para acudir personalmente a la oficina de correos, puede designar a otra persona para que lo haga por él/ella.
Para ello deberá acreditar su enfermedad mediante un certificado médico, que es gratuito y, además deberá otorgar a la persona que designe un poder notarial que también es gratuito. A tal fin habrá de requerir la presencia de un Notario/a para que se desplace al domicilio del impedido/a y ante éste previa presentación del certificado médico, autorice a la persona que habrá de representarle. A partir de este momento el/la representante, tiene que ir a correos y realizar un voto por correo normal en nombre de su representado/a.
La Oficina del Censo Electoral remitirá, al cabo de unos días la documentación electoral, que consta de:
✓ Papeletas de todos los partidos.
✓ Sobre electoral.
✓ Certificado de inscripción en el censo.
✓ Sobre en el que figura la dirección de la mesa en la que le corresponde votar.
✓ Folleto explicativo.
Esta documentación se entrega personalmente en su domicilio, previa presentación de su D.N.I.. En caso de estar ausente en ese momento le dejarán un aviso en el buzón para que acuda personalmente a recogerla a correos, previa presentación de su D.N.I.
Una vez que tenga la documentación para votar, introducirá la papeleta de voto en el sobre correspondiente. Este sobre se introducirá a su vez junto con el certificado de inscripción en el censo en el sobre dirigido a la mesa electoral, enviándolo por correo certificado que será gratuito.
Para solicitar el voto por correo tienes el siguiente plazo: desde el 27 de febrero al 11 de abril, ambos inclusive. Te recomendamos que lo hagas lo antes posible para asegurar que lo reciben dentro del plazo.
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